Tras varias solicitudes de colectivos LGBT+ y organizaciones de Derechos Humanos, Diputados del Congreso del Estado de México aprobaron imponer cárcel a quien obligue a cualquier otra persona el uso de terapias de reconversión por su orientación sexual.
La reforma establece que a quien someta, coaccione u obligue a otro, a recibir o realizar procedimientos o métodos con la finalidad de cambiar su orientación sexual, y derivado de ésto se afecte su integridad física o psicológica, se le impondrá de 1 a 3 años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad así como 50 a 200 días multa.
El dictamen, aprobado por mayoría con un voto en contra por parte de la bancada del PAN, fue presentado por la morenista Beatriz García Villegas en el cual se adiciona el artículo 211 Sexies y el Capítulo VII denominado Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual.
«La comunidad LGBTTTIQ enfrenta de manera cotidiana discriminación en múltiples niveles: en los entornos familiares, laborales e institucionales, las terapias de conversión consisten en sesiones psicológicas, psiquiátricas o tratamientos en las que se emplea violencia física, moral, psicoemocional o sexual, mediante tratos crueles, inhumanos», dijo la diputada morenista.
Información: Reforma
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